Testamentos, herencias internacionales e impuesto de sucesiones — planificados y tramitados de principio a fin, en cinco idiomas.
Planificación sucesoria a medida para propietarios extranjeros: con el Reglamento UE 650/2012 puedes elegir que tu herencia se rija por la ley de tu nacionalidad — dejamos esa elección por escrito y estructuramos tu patrimonio para minimizar el impuesto de sucesiones.
Redactamos tu testamento español bilingüe, compatible con los testamentos de tu país de origen, lo firmamos ante notario y lo inscribimos en el Registro de Últimas Voluntades.
Tramitamos herencias testadas e intestadas de principio a fin: NIE de los herederos, escritura de aceptación de herencia y la liquidación del impuesto de sucesiones dentro de su plazo de 6 meses — sin que tengas que desplazarte.
Para no residentes que poseen propiedades en España
Aunque su testamento existente de su país de origen puede ser válido en España, recomendamos encarecidamente tener un testamento español separado específicamente para sus bienes españoles. Esto simplifica significativamente el proceso de herencia, reduce los retrasos administrativos y previene posibles conflictos entre diferentes sistemas legales. Un testamento español garantiza que sus deseos estén claramente expresados bajo la ley española y elimina la necesidad de traducciones y procedimientos legales adicionales.
Sin un testamento español, sus herederos pueden enfrentar numerosas complicaciones: procedimientos de sucesión prolongados, mayores costes legales, requisitos de traducción para documentos extranjeros, posibles conflictos entre sistemas legales y aplicación de las normas españolas de legítima que pueden anular sus intenciones. El proceso de herencia podría llevar años en lugar de meses e implicar gastos sustancialmente más altos.
Sí. Según el Reglamento UE 650/2012, los ciudadanos extranjeros no residentes pueden elegir entre la ley española o la ley de su nacionalidad para regir su herencia. Esta elección debe estar expresamente declarada en su testamento. Sin tal declaración, la ley española se aplicará automáticamente a su propiedad y bienes españoles si España es su residencia habitual.
La ley de sucesiones española incluye la «legítima», que reserva una parte significativa de su patrimonio para parientes específicos, particularmente los hijos. Bajo estas reglas, generalmente dos tercios de su patrimonio deben pasar a sus hijos, con solo un tercio disponible para libre disposición. Esto difiere significativamente de los sistemas de derecho común que permiten completa libertad testamentaria.
El impuesto de sucesiones y donaciones varía según la comunidad autónoma en España. Anteriormente, los no residentes se enfrentaban a tarifas nacionales sin beneficios fiscales regionales, pero cambios recientes ahora permiten a los no residentes de la UE beneficiarse de las mismas bonificaciones fiscales regionales que los residentes. Las tasas impositivas típicamente oscilan entre el 7,65% y el 34%, dependiendo del monto de la herencia y la relación entre el fallecido y el beneficiario.
Su testamento español debe estar redactado en español para ser legalmente válido. Sin embargo, como no residente, tiene dos opciones: un testamento bilingüe (español e inglés) preparado por un abogado especializado, o un testamento redactado ante un notario español con un traductor oficial presente. Recomendamos el enfoque bilingüe para mayor claridad y para garantizar que sus intenciones se reflejen con precisión.
Para crear un testamento español válido, debe:
Este formato de «testamento abierto» es la opción más segura y recomendada para no residentes.
Aunque es legalmente posible, generalmente aconsejamos no incluir bienes no españoles en su testamento español para evitar posibles conflictos entre diferentes jurisdicciones. El enfoque óptimo es tener testamentos separados para bienes en diferentes países, cada uno estableciendo expresamente que solo cubre bienes en ese país específico.
Recomendamos revisar su testamento español después de cualquier cambio significativo en su vida (matrimonio, divorcio, nacimiento de hijos, adquisición sustancial de propiedad) y al menos cada 3-5 años. Las leyes de sucesiones y las regulaciones fiscales españolas cambian periódicamente, y su testamento puede necesitar actualizaciones para reflejar estos cambios y optimizar la planificación fiscal.
Las implicaciones dependen de cómo se posee la propiedad. Bajo la ley española, la propiedad puede mantenerse como:
A diferencia de algunos países de derecho común, España no reconoce automáticamente la tenencia conjunta con derecho de supervivencia, lo que hace especialmente importante contar con un testamento español adecuado.
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