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Residencia no lucrativa en España

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¿Qué es la residencia no lucrativa?

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El visado de residencia no lucrativa es un permiso de residencia para ciudadanos de fuera de la Unión Europea que desean residir en España sin llevar a cabo actividad profesional, es decir, sin necesidad de trabajar. 

Se trata de un permiso que se concede por un periodo inicial de un año, sin perjuicio de sus renovaciones posteriores si se cumplen los requisitos que os explicaremos a continuación.

Por tanto, si estás planeando venir a España para disfrutar de tu jubilación o simplemente puedes vivir de tus ingresos pasivos y no necesitas trabajar, sigue leyendo porque te interesará saber más sobre este permiso de residencia.

¿Quién puede solicitar la residencia no lucrativa?

La residencia no lucrativa está dirigida fundamentalmente a aquellos que quieren retirarse en nuestro país, así como aquellos que disponen de medios económicos suficientes para poder vivir en España sin trabajar, aunque aún no estén en edad de jubilación.

No obstante, también es una excelente opción para aquellos que quieren experimentar el estilo de vida español por un año y luego solicitar un permiso de trabajo a la terminación de la primera anualidad.

Además, puedes solicitarlo para ti y para los miembros de tu familia, por lo que en la solicitud puede incluirse el cónyuge o pareja estable y los hijos.

Requisitos para su solicitud

Medios económicos

El principal requisito para poder solicitar la residencia no lucrativa es disponer de medios económicos suficientes para poder vivir en España sin llevar a cabo actividad profesional, lo que se traduce en acreditar cantidad suficiente para cubrir el año inicial de autorización de residencia para el solicitante principal y los familiares que le acompañen.

La cantidad mínima exigida equivale al 400% del IPREM para el solicitante y el 100% para cada familiar a cargo. Por tanto, como en el año 2023 el IPREM se establece en la cantidad de 600 euros, será necesario un importe de 28.800 euros por el solicitante principal y de 7.200 euros por cada uno de los acompañantes, si bien recomendamos elevar dicho importe para garantizar una solicitud exitosa, ya que habrá que tener en cuenta que algunos consulados exigen requisitos adicionales en cuanto a la acreditación de medios económicos, por lo que podría darse el caso de que necesites más fondos en tu cuenta bancaria para conseguir tu residencia.

No obstante, no solo puedes acreditar la suficiencia de medios con fondos en tu cuenta bancaria sino también acreditando que dispones de una fuente de percepción periódica de ingresos no procedentes de una actividad laboral, para ti mismo y, en su caso, para los familiares que te acompañen.

Si te encuentras en edad laboral, deberás acreditar el recibo de una pensión o proporcionar una carta de rescisión de tu empleador que indique que ya no trabajarás para esa compañía o, en caso de trabajar por cuenta propia, deberás proporcionar una declaración jurada ante Notario que indique que te comprometes a no trabajar mientras residas en España. En el supuesto de jubilados, el solicitante debe ser beneficiario de una pensión del Estado o, ser beneficiario de una renta vitalicia, no capitalizable, pagadera por institución pública o privada y/o cuentas de inversión.

Otros requisitos

Junto con la acreditación de medios económicos será también requisito para la obtención del visado de residencia no lucrativa en España la aportación de la siguiente información:

  • Seguro de enfermedad contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España con cobertura de todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España, es decir, sin copago, y con repatriación incluida. Dicha póliza debe cubrir al interesado y a todos los familiares que se desplacen con él.
  • Certificado de antecedentes penales. Los solicitantes mayores de edad penal presentarán certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años. 

Por último, también tendrás que aportar y completar la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud de visado nacional. 
  • Impreso de solicitud de autorización de residencia no lucrativa (Formulario EX-01). 
  • Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
  • Pasaporte válido y en vigor. 
  • Prueba de la residencia en la demarcación consular. 
  • Abono de las tasas.

Para el caso de incluir familiares habrá que aportar los documentos que prueben la relación de parentesco con el solicitante principal: certificados de nacimiento o matrimonio o prueba de dependencia económica para hijos mayores de edad o ascendientes a cargo.

Ventajas de la residencia no lucrativa

La principal ventaja del visado de residencia no lucrativa es que no requiere una inversión mínima para su obtención a diferencia de otros permisos como el Golden Visa, por lo que podrás solicitarlo fácilmente por el mero hecho de disponer de medios económicos.

Es importante recordar que este visado no está destinado a aquellos que quieren trabajar en remoto desde España, ya que para ello se ha diseñado la reciente residencia para nómadas digitales.

¿Dónde presentar la solicitud?

La solicitud debe de presentarse por el interesado en la oficina consular en su país de origen o residencia. De hecho, muchos consulados exigen prueba de domicilio en el distrito consular para la presentación de la solicitud.

Es importante que sepas que este permiso de residencia no puede solicitarse desde España como ocurre con otros permisos como el Golden Visa, por lo que tendrás que hacerlo obligatoriamente desde tu país.

El periodo legal para decidir sobre tu solicitud es de tres meses desde la presentación, sin perjuicio de que se puedan requerir documentos adicionales a lo largo del procedimiento.

Una vez obtenido tu visado deberás de entrar en España en un plazo máximo de 3 meses, empadronarte y pedir cita en la comisaría de policía para poner la huella y solicitar la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes.


Régimen de renovaciones

Terminado el primer año de residencia inicial y habiendo cumplido con el requisito de permanencia por un mínimo de 183 días en España podrás solicitar la renovación de la residencia no lucrativa por un periodo de dos años más.

Ten en cuenta que al tratarse de una renovación por dos años la acreditación de medios económicos deberá de ser la suficiente para cubrir dicho periodo, es decir, el doble de las cantidades estipuladas para la solicitud inicial y a las que ya nos hemos referido con anterioridad.


Obligaciones fiscales

Por último, es importante que sepas que dicho permiso de residencia exige tu permanencia en España por un plazo mínimo de seis meses al año (183 días) y con ello la obligación de convertirte en residente fiscal en nuestro país y declarar por las rentas que obtengas a nivel mundial para poder renovar tu permiso.

Por tanto, te recomendamos que contactes con un abogado o experto fiscal para analizar las consecuencias de establecer en nuestro país tu residencia fiscal.

¿Estás pensando en solicitar la residencia no lucrativa?

Ponte en contacto con nuestros abogados y estaremos encantados de ayudarte a comenzar una nueva vida en España.

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